Hace más de un mes que el ex titular de ARMSA coordina el Tribunal de Faltas

El Concejo Deliberante modifico una ordenanza para que Alejandro Levin esté formalmente a cargo de la coordinación administrativa del TAF.

03/07/2025Carta UrbanaCarta Urbana
Tribunal de Faltas a
  • Ahora el cargo está abierto para idóneos con título universitario; antes, era solo para abogados
  • Hubo cuatro votos en contra
  • LLA y PRO querían que la definición del cargo se haga con acuerdo del Concejo.
  • Dos concejalas del bloque Gustavo Saénz Conducción consideraron que el cambio en la ordenanza no estaba bien justificado.

Mediante una modificación a la Ordenanza de creación del Tribunal Administrativo de Faltas, promovida por la concejal Eliana Chuchuy, el Ejecutivo municipal apuró en lo formal el cambio del Coordinador del Tribunal Administrativo de Faltas.

Desde hace poco más de un mes esa función está a cargo del ahora ex titular de la   Agencia de Recaudación Municipal Alejandro Levín.

ARMSA en tanto, está  a cargo de Marcelo Baggio que fue funcionario municipal, durante la gestión de Gustavo Saénz como intendente.

La Ordenanza fue modificada en el artículo 2° bis) abriendo a otras profesiones, además de la de abogado, como requisito  para acceder al cargo.

El cargo de coordinador fue creado en diciembre de 2024, y se estableció entonces que para acceder a ese cargo se debía tener título de abogado, con cinco añs de ejercicio.

Con este cambio, a poco más de seis meses de la modificación, para ser Coordinador General de Administración del Tribunal Administrativo de Faltas, se requiere ahora “tener título universitario que otorgue idoneidad para el ejercicio de las funciones del cargo, con cinco (5) años de ejercicio de la profesión”.

La otra modificación es que, es que el coordinador tendrá una remuneración similar a la de secretario letrado, lo que implica una disminución del monto que percibe, ya que la remuneración hasta ahora era igual a la de juez.

Lo que no queda claro y se podrá dilucidar con el tiempo, es si Levin llegó a una función de menor jerarquía, producto de un reproche que se salda con otro destino o por el contrario, fue convocado para poner al Tribunal Administrativo de Faltas a otro nivel.

ALEJANDRO LEVIN a

Alejandro Levin , ex titular de ARMSA. Hace más de un mes está como coordinador en el Tribunal de Faltas 

El TAF genera un enorme cúmulo de multas, no solo de tránsito, sino control comercial, obras públicas, medio ambiente y ahora fotomultas, pero por lo que sabe no logra que esas multas se paguen y por diferentes motivos; nulidad de las actas, desestimación, prescripción, o sanciones que se perdonan.

La cifra de cobros municipales pendientes por sanciones que tramita el TAF es un misterio y si hay algo que Levin tiene, es experiencia en detectar contribuyentes en falta, tarea que excede a los jueces.

Durante el debate de la ordenanza, el bloque de la Libertad Avanza planteo un dictamen en minoría, que incluía como condición para acceder a ese cargo, que la designación del funcionario sea revisada por el Concejo Deliberante, como forma de participación en un cogobierno municipal.

El procedimiento propuesto por LLA apunta al que se usa al momento de designar los jueces, que funciona con propuesta del Ejecutivo y acuerdo del Concejo Deliberante.

“Está bueno someterlo a lo que yo llamo  una verificación en dos pasos, el intendente propone, nosotros acordamos”, dijo el concejal Pablo López y explicó que no es lo mismo un cargo de coordinador  que el de un juez, pero consideró que el TAF es un órgano independiente, autónomo, no ligado al Ejecutivo y que ese grado de independencia debe tener más control del Concejo Deliberante”. Dijo acompañar el espíritu del proyecto de mayoría, pero advirtió que es un tema amplio; el día de mañana puede presentarse un licenciado en arte como coordinador, debe ser más amplio que un abogado, pero debemos tener mecanismos de control”.

 Gonzalo Nieva del bloque Juntos, compartió la modificación, pero consideró que no es necesario que el cargo de coordinador pase por una suerte de revisión del Concejo Deliberante; “ la designación de un coordinador puede quedar sujeta al Ejecutivo y no se violenta la garantía de justicia de faltas que está en cabeza de los jueces.

Agustina Álvarez (PRO)  dijo que estamos definiendo el perfil de quien va a coordinar los juzgados, acotó que, si el TAF no tiene un buen manejo, no solo no resuelve las problemáticas que allí se dirimen, sino que genera caos en el municipio.

Compartió que el cargo puede ser ejercido por alguien que no sea abogado, sino por alguien con experiencia en materia de gestión y consideró que debe existir el doble chequeo, Ejecutivo y Concejo Deliberante.

Existen un montón de coordinadores que dependen del Ejecutivo, pero en este caso se trata de un órgano que imparte justicia administrativa en el ámbito municipal, para que el Concejo Deliberante se asegure que cumple con las características que aseguren un buen control.

Ángel Ortiz (UCR) compartió el proyecto, y dijo que la designación de un coordinador es responsabilidad del Ejecutivo y que el rol de coordinador dará al Concejo la posibilidad de seguir de cerca todo lo vinculado al funcionamiento del TAF, pero no consideró necesaria la intervención del cuerpo para su designación.

Gonzalo Corral (Yo Participo) dijo que la idoneidad la puede tener cualquier profesional con título de grado y una visión diferente a la de los jueces del TAF. Sostuvo que la designación del coordinador está dentro de las facultades del Ejecutivo, no nos compete, no está dentro de nuestras prioridades.

Inés Benassar , que votó en contra de los dos dictámenes,dijo que se trata de una modificación sin soporte técnico sin ninguna evaluación; no hay nada que compare por que otro profesional, es mejor que otro que sepa de derecho.

Benassar  (Bloque Gustavo Sáenz Conducción) tal vez confundiendo el rol del coordinador con el de los jueces, porque el coordinador no decide sobre las faltas, sino que coordina, dijo que “ si el profesional no tiene  formación jurídica genera incomprensión del carácter jurídico especifico del de las contravenciones”.

Dijo que la función de coordinador no la puede hacer cualquier tipo de profesional, que el cargo requiere formación jurídica.

Para Martin Del Frari, “acá hay desconocimiento; el coordinador del TAF, no imparte justicia, los que imparten justicia son los jueces de falta, que son elegidos por acuerdo del Concejo Deliberante.

“No hace falta ser abogado para ser coordinador, estamos hablando de un empelado de la Municipalidad y es positivo que venga de otros roles”.

Malvina Gareca aclaró que “no hablamos de los jueces, estamos modificando un cargo administrativo y no cabe mezclar las ideas de cogobierno. Así como no elegimos funcionarios,  en este caso, tampoco corresponde que intervenga el Concejo Deliberante”.

Paula Médici (Gustavo Sáenz Conducción) que votó en contra de ambos dictámenes, aclaró “al vecino que el cargo de coordinador ya existe y lo que se modifica es la condición de abogado. De repente, no hay sustento para cambiar ese requisito , el que sea abogado.

En realidad, el coordinador no decide  sobre la aplicación de las normas y la eventual sanción, no tiene funciones de juez, pero Médici dijo que “el Tribunal de Faltas aplica normas legales  y garantizar el debido proceso legal y que si el coordinador es abogado, posee formación solida en cuanto a leyes lo que le permite interpretar y aplicar correctamente las normas”. Y agregó que también debe velar porque se cumplan todas las garantías procesales para las personas que cumplen las faltas. Además, ser abogado, le da la experiencia necesaria para analizar estas normas y aplicar de manera adecuada cada caso y que puede resolver los conflictos por sus conocimientos y debe tener objetividad e imparcialidad”.

Dijo que nadie garantiza que en una próxima gestion se ponga un profesor de educación física y agregó que no hay un fundamento real, para cambiar que no sea más un abogado.

Cabe señalar que en ninguna de las funciones que el coordinador tiene asignadas, según la ordenanza, figura que su función sea interpretar y aplicar normas.

Al momento de la votación, se puso a consideración el dictamen en mayoría y votaron en contra Pablo López, Agustina Álvarez, Inés Benassar y Paula Medici.

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