Atribuyen a EDESA “accionar doloso” para eludir controles en una obra eléctrica

La Subsecretaría de Servicios Públicos dictó una dura resolución contra la empresa distribuidora de energía. Sostiene que ocultó una obra de alto impacto bajo el rótulo de un mero "mantenimiento" y que utilizó planos sin firma profesional para inducir a error al municipio. Además, el funcionario que firmó el aval original, no tenía competencia legal para hacerlo.
10/06/2026Carta UrbanaCarta Urbana

EDESA 3a

En lo que aparece como un severo conflicto legal y administrativo entre la Municipalidad de Salta y la empresa EDESA S.A., la Subsecretaría de Servicios Públicos emitió la Resolución  001, de fecha 11 de mayo.

A través de este instrumento, el municipio declaró de oficio la "inexistencia jurídica" del permiso de inicio de obra con el que la prestataria ejecutaba trabajos en  Avenida Entre Ríos , ratificó la paralización total de las tareas y expuso una maniobra de ocultamiento y vicios legales graves en el expediente administrativo.

La medida, firmada por el subsecretario Ariel Gutiérrez , recae sobre el expediente N° 77886-SG-2025, caratulado "EDESA S.A. s/ Permiso de obra Mantenimiento y adecuación del distribuidor ferroviario IM10".

El "accionar doloso" y las irregularidades de EDESA

El texto de la resolución incluye duros considerandos donde se desglosa el comportamiento de la empresa de energía, calificándolo como un "accionar doloso" y una maniobra de "mala fe" para eludir los controles municipales.

Se atribuye a la empresa ocultamiento de la magnitud de la obra porque, Según los considerandos, EDESA no declaró debidamente los verdaderos alcances del proyecto, ocultando que se trataba de una obra de gran envergadura bajo el rótulo engañoso de un "mero mantenimiento".

También se le imputa planos falsos o inválidos, porque “como pieza central de esta estrategia”, la empresa acompañó un croquis o plano que carecía de firma, sello o matrícula de un profesional técnico responsable. Para el municipio, este papel no tenía validez alguna como instrumento público ni privado , pero fue utilizado para "inducir a error a la administración", logrando que un inspector liquidador calculara las tasas comerciales basándose exclusivamente en un documento inválido.

En la resolución se consigna queal realizarse la inspección de campo el pasado 30 de abril, los técnicos constataron que no había correspondencia entre lo declarado en los papeles y lo que se construía en la calle. En lugar de usar los postes preexistentes, EDESA había iniciado de forma clandestina el tendido de líneas de media tensión y la preparación de un Centro de Transformación. Al tratarse de una infraestructura de Alto Impacto Ambiental y Social, la empresa eludió de forma ilegal el Procedimiento de Evaluación de Impacto (EIAS) que exigen las Ordenanzas N° 12.745 y 16.482”.

Debido a que el dolo vició la voluntad del municipio, las autoridades determinaron que EDESA perdió cualquier derecho al principio de estabilidad del acto administrativo.

Vicio de incompetencia

El conflicto  tiene una extraña arista  institucional; la resolución, detalla que  el documento con el que EDESA intentaba avalar sus tareas —un "Formulario de Permiso de Inicio de Obra" fechado el 28 de noviembre de 2025— fue emitido por un agente que no tenía el poder legal para hacerlo. Resulta extraño, porque la empresa distribuidora de energía tramita obras casi de modo permanente   y se supone que conoce la forma de validar la documentación técnica.

De acuerdo con el dictamen de Asesoría Legal, al momento de estampar su firma, el agente Arturo Alexis Ovando pertenecía exclusivamente a la Planta Transitoria en el Estamento de Apoyo. Por ende, carecía por completo de las facultades orgánicas para autorizar intervenciones en la vía pública.

Aunque el municipio constató que Ovando recibió una designación jerárquica posterior (el 11 de diciembre de 2025), la resolución aclara que dicho nombramiento "no posee efectos retroactivos ni sanea la actuación originaria". Esto configuró un vicio grave y manifiesto de incompetencia que directamente tornó al permiso en algo "inexistente".

Frenado, pero bajo evaluación

Frente a esta "flagrante vía de hecho", la municipalidad ratificó y convirtió en definitiva la orden de frenar la obra. “Queda estrictamente prohibido que EDESA ejecute cualquier nueva tarea en la vía pública vinculada a este distribuidor hasta que tramite un expediente totalmente nuevo, pague las tasas reales, presente planos visados por profesionales y apruebe el estudio de Impacto Ambiental (EIAS)”

También dispuso la suspensión de la remoción inmediata y respecto a los postes e infraestructura que EDESA ya instaló ilegalmente en la Avenida Entre Ríos, entre calles Zuviría y Adolfo Güemes, la Subsecretaría decidió abrir un compás de espera.

“Por razones de prudencia técnica y debido a la envergadura de las instalaciones eléctricas, se suspendió provisoriamente la orden de obligar a la empresa a desmantelar todo de inmediato. La decisión final sobre si se remueve, se modifica o se convalida lo construido quedará sujeta a lo que determine el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”

Finalmente, la resolución advierte que la interposición de cualquier recurso de revocatoria o jerárquico por parte de EDESA no suspenderá la paralización de las obras, la cual sigue plenamente vigente, al igual que las actuaciones contravencionales derivadas al Tribunal de Faltas municipal.

Nota de Redacción: Antes de la publicación de esta nota, CARTA URBANA buscó pedir  precisiones acerca de la evolución de la medida tomada,  al subsecretario de Ambiente, pero no obtuvo respuesta. También consultó al área de comunicación institucional de EDESA, para conocer si la empresa tenía alguna opinión para dar y no hubo respuesta.

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