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title: "Tienen autoridades las 6 comisiones de la Convención Municipal"
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  - "Comisiones"
  - "Convencion Municipal"
  - "Reforma de la Carta Municipal"
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category_description: "Noticias sobre el proceso de reforma de la Carta Municipal de la ciudad de Salta."
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# Tienen autoridades las 6 comisiones de la Convención Municipal

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*Gonzalo Guzmán Coraita, Carina Iradi, autoridades de la Comisión Redactora de la Carta Municipal*

La Convención Municipal que trabaja en la reforma parcial de la Carta Municipal (CM) de la ciudad, definió este viernes las autoridades y la conformación de las 6 comisiones permanentes que tendrán que emitir dictamen en los artículos COM, cuya reforma fue habilitada mediante la Ordenanza 16.337, sancionada el 11 de diciembre de 2024 y promulgada al día siguiente, jueves 12 de diciembre.

El artículo 5° de la Ordenanza 16.337, que declaró la necesidad de reforma, establece que ***“La Convención Municipal se instalará para la realización de su cometido el día primero de marzo posterior a la elección y finalizará sus funciones a los noventa (90) días de su instalación, pudiendo prorrogarse por treinta (30) días más como máximo si así lo resolvieren las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros***.

Los 21 convencionales municipales que trabaja en la reforma, fueron elegidos en los comicios provinciales del 14 de mayo de 2025, junto con la renovación parcial del Concejo Deliberante, de diputados y senadores en toda la provincia.

El resultado electoral de entonces asignó 12 convencionales municipales para **La Libertad Avanza** (**LLA**), 5 convencionales para el **Frente Unidos por Salta,** 4 convencionales para el **Frente Vamos Salta**. Cabe recordar que, en la sesión inicial, una convencional de LLA quedó escindida de ese bloque y formó un mono bloque, denominado **Avanza La Libertad, (ALL)**con lo cual el bloque de **LLA** es de 11 miembros.

La Convención Municipal tuvo hasta ahora dos sesiones; una de instalación, **el 1 de marzo**, ocasión en la que se eligieron autoridades, se definieron los bloques políticos en los que están distribuidos los 21 convencionales y se resolvió la conformación de la comisión de **Reglamento**,tema que generó un debate tenso y requirió de un cuarto intermedio para compatibilizar propuestas.

La comisión de **Reglamento** quedó integrada por 5 miembros de LLA, 1 Unidos por Salta, 1 de Vamos Salta y 1 de Avanza La Libertad.

La actividad posterior de esa comisión, fue la elaboración del **Reglamento** que rige la Convención, cuyo texto se consideró en reunión del 6 de marzo.

En ese encuentro, el texto del Reglamento logró consenso en 28 puntos, con dos disidencias entre oposición y oficialismo, que se trasladaron al recinto de sesión.

La sanción final del Reglamento, se alcanzó luego de un extenso debate durante la **segunda sesión**, **el 13 de marzo**, ocasión en la que la oposición mantuvo las disidencias en dos puntos: el artículo que confieren doble voto al presidente y el que dispone que, para las modificaciones de la parte dogmática de la COM , que incluye nuevos derechos e institutos, se requiera solo mayoría simple y no, mayoría agravada, de 2/3 de los votos.

El dictamen número 1, de la mayoría, (LLA) que mantiene el doble voto y la mayoría simple en la votación de los proyectos vinculados a los nuevos institutos y nuevos derechos, se impuso sobre el dictamen de la minoría. (Vamos Salta, Unidos por Salta, ALL.

**Comisiones**

El Reglamento de la Convención tiene 109 artículos, distribuidos en 7 títulos y un título preliminar.

El título cuarto del Reglamento, tiene un título único referido a las Comisiones, que comprende desde el artículo 25° al 46° .

El artículo 26° sobre **Integración de las Comisiones** establece que “Cada una de las Comisiones a que se refiere el artículo 38, estarán integradas por siete (7) convencionales, respetando la proporcionalidad de los bloques políticos, esto implica que cada comisión estará integrada por cuatro (4) miembros del bloque mayoritario, y los tres (3) restantes miembros de los, otros bloques políticos, garantizando la representación de todos los bloques en al menos una comisión”.

En el resto del articulado se define que “Todo convencional podrá participar con voz y sin voto en cualquier Comisión a la que no pertenezca.”

El **artículo 38°** sobre **Enumeración de las Comisiones** expresa: “Las Comisiones tendrán 7 miembros, siempre deberán respetar la composición proporcional de los bloques políticos. Las comisiones serán las siguientes:

**Comisiones Funcionales:**Labor Parlamentaria, Peticiones, y Reglamento, Redactora; **Comisiones de Reforma**: Orgánica, Dogmática, Nuevos Institutos y Derechos

Este viernes 20 de marzo las comisiones eligieron autoridades y miembros:

**Labor Parlamentaria:** **presidente**: Gonzalo Guzman Coraita; **vicepresidente**: Mónica Júarez. **Miembros**: José Luis Napoleón Gambetta, Estela Méndez Valero, Santiago López Solá.

**Comisión de Peticiones y Reglamento: presidente:**Santiago López Sola; **vicepresidente**: Mónica Juárez. **Miembros**:   José Luis Napoleón Gambetta, Estela Méndez Valero, Ignacio Fadel, Nadia Herrera Aylán, Gino Donatto Di Mateo Attagile.

**Comisión Redactora: presidente:**Gonzalo Guzman Coraita; **vicepresidente:**Carina Iradi. **Miembro**s:  Viviana Elizabeth Moreno, Estela Méndez Valero,  Santiago López Solá, Nadia Herrera Aylán, Ignacio Fadel.

**Comisión Orgánica: presidente**: Santiago López Solá; **vicepresidente** Carina Iradi. **Miembros**:  Darío Héctor Madile, Estela Méndez Valero, María del Socorro Alancay, Sonia Lourdes Serrano, Nadia Herrera Aylán,

**Comisión Dogmática**: **presidente:** Ignacio Fadel;**vicepresidente:** Mabel Cristina Gómez. **Miembros**: César Rodrigo Monzo, Estela Méndez Valero, Jorge Daguer, Guadalupe Humano, Gabriel Barbito.

**Comisión Nuevos Institutos y Derechos:** **presidente**:  Marisa Alancay; **vicepresidente:** vice Omar Exeni. **Miembros**: Constanza La Mata, Estela Méndez Valero, Gonzalo Guzmán Coraita, Gino Donato Di Matteo Attagile, Adriana Herrera.

**Competencias**

En cuanto a las competencias de las comisiones el Reglamento define:

**Labor Parlamentaria**: órgano de la Convención encargado de preparar planes de labor parlamentaria, proyectar el orden del día, informarse del estado de los asuntos en las Comisiones, promover medidas prácticas para la agilización de los debates y proponer aquéllas que conduzcan a un mejor funcionamiento del cuerpo.

**Peticiones y Reglamento**: órgano de la Convención encargado del estudio y despacho de los asuntos vinculados con la interpretación, aplicación y eventual modificación del presente reglamento, la tramitación de toda petición o asunto particular que no esté específicamente destinado a otra Comisión.

**Comisión Redactora**: Le Corresponde la recepción y tratamiento de los despachos de las demás Comisiones de Reforma sobre las cuestiones de su competencia específica, la renumeración de los artículos y la compatibilización de la denominación de los Títulos, de las Secciones y de los Capítulos de la Carta Municipal, a los efectos de la elaboración del texto ordenado de la misma para su tratamiento por el plenario de la Convención.

**Comisión Dogmática**: Le corresponde el estudio y dictamen de los proyectos y asuntos relativos a la parte dogmática de la Carta Municipal, comprendiendo las disposiciones referidas a principios, declaraciones, derechos, garantías y deberes de los habitantes.

**Comisión Orgánica**: Entiende en el tratamiento y dictamen de los proyectos y asuntos referidos a las funciones municipales, la organización institucional del Municipio, incluyendo la estructura, atribuciones y funcionamiento de los órganos del gobierno municipal y de los demás órganos previstos en la Carta Municipal.

**Comisión de Nuevos Institutos y Derechos**: Le incumbe el estudio y dictamen de los proyectos y asuntos referidos a la incorporación o regulación de nuevos institutos jurídicos, mecanismos de participación ciudadana y nuevos derechos y obligaciones del vecino, en la Carta Municipal.

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